Xabier Arzoz Santisteban
Letrado del Tribunal Constitucional
Profesor Titular de Derecho Administrativo, Universidad del País Vasco
El § 35 BVerfGG [Ley que regula el Bundesverfassungsgericht o Tribunal Constitucional Federal alemán (TCF)] establece lo siguiente: “El Tribunal Constitucional Federal puede determinar en su decisión el órgano responsable de la ejecución; también puede establecer en el caso concreto la forma de la ejecución.”
Los supuestos que en aplicación del § 35 BVerfGG ha abordado la jurisprudencia del TCF se pueden clasificar en cuatro grandes grupos:
- El otorgamiento de tutela judicial hasta que el órgano judicial al que se remite el asunto tras la estimación del recurso de amparo dicte una decisión constitucionalmente conforme.
- La panoplia de consecuencias jurídicas derivada de la prohibición de partidos.
- La posibilitación de una nulidad diferida (esto es, la preservación temporal de la eficacia) en normas declaradas inconstitucionales y el consiguiente plazo fijado al legislador y la determinación, en su caso, de las eventuales consecuencias en el caso de que el legislador no cumpla el plazo.
- La creación de reglas transitorias en decisiones de control de normas que expulsan normas del ordenamiento.
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